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CORREA ALICIA ANGELICA C/ CROCCI FRANCO EZEQUIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Se solicita aclaración de la sentencia sobre la distribución de costas en un caso de daños y perjuicios por accidente automovilístico. La Cámara aclara que las costas de Primera Instancia deben ser soportadas en un 50% por cada parte.

Incidente Danos y perjuicios Accidentes automovilisticos Costas Distribucion de responsabilidad Aclaracion de sentencia Codigo procesal civil Mar del plata Camara de apelaciones Primera instancia

Actor: Alicia Angélica Correa Demandado: Franco Ezequiel Crocci; Otro/a Objeto: Aclaración sobre la distribución de costas en un caso de daños y perjuicios. Decisión: Se aclara que las costas de Primera Instancia serán soportadas en un 50% por la actora y un 50% por la demandada y citada en garantía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resultando exacto lo expuesto, se aclara la sentencia dictada en el sentido que, atento la modificación en la distribución de responsabilidad dispuesta (50% a la actora y 50% a la demandada y citada en garantía), las costas de Primera Instancia deberán ser soportadas en idéntica proporción (arts. 68, 71 y concs. CPC)." "Corresponde: Dejar aclarada la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 8 de octubre de 2025, en el sentido que las costas de Primera Instancia deberán ser soportadas en un 50% por la actora y en un 50% por la demandada y citada en garantía."

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