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C., E. S. C/ D. A. C., M. N. S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria de $700.000 mensuales a favor de sus hijas. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que el monto es razonable y necesario para cubrir las necesidades básicas de las menores.

Proceso de alimentos Cuota alimentaria Responsabilidad parental Interes superior del nino Capacidad economica Retroactividad Mediacion Gualeguaychu Ley procesal de familia Derechos de los menores


¿Quién es el actor?

M. N. D. A. C.

¿A quién se demanda?

E. S. C.
- Objeto de la demanda: Fijación de cuota alimentaria.
- Decisión del tribunal: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la cuota alimentaria de $700.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental se extiende hasta los 21 años de los hijos... Se destacó que la incomparecencia injustificada del demandado llevó a la clausura de la etapa de mediación obligatoria, habilitando la vía judicial." "El monto de $700.000 mensuales solicitado por la actora representa aproximadamente el 35% de los ingresos netos reconocidos por el demandado, lo que se considera razonable, proporcionado y ajustado a derecho." "La cuota alimentaria es de orden público y constituye un derecho humano fundamental de los niños y adolescentes."

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