PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ B. M. A. Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA
PLAN OVALO S.A. apeló la decisión de primera instancia que denegó el secuestro de un vehículo prendado. La Cámara revocó la resolución apelada, admitiendo el secuestro por considerar necesario asegurar el resultado de la sentencia definitiva.
Actor: PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Demandado: B. M. A.; Otro/a Objeto: Secuestro de un vehículo prendado Decisión: Se revoca la resolución apelada y se admite el secuestro del automotor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 221 del CPCC establece que 'procederá el secuestro de los bienes muebles... cuando el embargo no asegurare por sí solo el derecho invocado por el solicitante...'. En el presente caso, el vehículo prendado está sujeto a riesgos propios de su naturaleza... la medida de secuestro procede, en el caso de la ejecución prendaria, dados los riesgos a los cuales está expuesto." "Se advierte necesario en el caso en estudio... proveer a la guarda o conservación de la cosa para asegurar el resultado de la sentencia definitiva." "Consecuentemente, considero que se deberá revocar el decisorio recurrido y admitirse la medida, sin costas atento a la ausencia de contradicción."
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