DIAZ ESTHER CARINA C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ DIFERENCIA INDEMNIZACION
Díaz Esther Carina demandó a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires por el cobro de una indemnización derivada de una enfermedad profesional. El Tribunal rechazó asumir la competencia, remitiendo la causa a los Tribunales de Trabajo de Lomas de Zamora.
Actor: Díaz Esther Carina Demandado: Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cobro de indemnización por enfermedad profesional Decisión: El Tribunal no asumió la competencia y remitió la causa a los Tribunales de Trabajo de Lomas de Zamora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como en el caso no se verifica ninguna de las alternativas previstas en el art. 3 de la ley 15.057 y, según lo dispone esa norma, la competencia territorial de los Tribunales del Trabajo es improrrogable, este Tribunal es incompetente para intervenir en el caso." "Los criterios para determinar la competencia de los tribunales laborales... están dirigidos a garantizar el acceso a la justicia del trabajador o de la trabajadora, priorizando que pueda dirigirse al órgano jurisdiccional más cercano al lugar donde prestó servicios." "La competencia territorial de los Tribunales del Trabajo es improrrogable (art. 3 Ley 15.057)."
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