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MANUNTA LINA ANTONIA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PCIA. DE BUENOS AI y otro/a S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

Manunta Lina Antonia promovió demanda por enfermedad profesional contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo Nº 6 declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal de más de seis meses.

Incidente Caducidad de instancia Enfermedad profesional Inactividad procesal Ley 15.057 Costas Honorarios Tribunal del trabajo Provincia de buenos aires Derecho laboral

Actor: Manunta Lina Antonia Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Enfermedad profesional Decisión: Se declaró la caducidad de instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia." "Por lo tanto, y atento lo dispuesto por el art. 11 ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones." "Costas a la actora con los alcances art 20 LCT (art. 24 ley 15.057 y 20 LCT)."

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