MANUNTA LINA ANTONIA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PCIA. DE BUENOS AI y otro/a S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Manunta Lina Antonia promovió demanda por enfermedad profesional contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo Nº 6 declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal de más de seis meses.
Actor: Manunta Lina Antonia Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Enfermedad profesional Decisión: Se declaró la caducidad de instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia." "Por lo tanto, y atento lo dispuesto por el art. 11 ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones." "Costas a la actora con los alcances art 20 LCT (art. 24 ley 15.057 y 20 LCT)."
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