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GIACHETTI, OSVALDO NESTOR C/ ENTE ADMINISTRADOR ASTILLERO RIO SANTIAGO S/COBRO DE SALARIOS

Los actores demandaron al Ente Administrador Astillero Río Santiago por el cobro de salarios adeudados, incluyendo un 'premio por eficiencia' y descuentos indebidos. El Tribunal de Trabajo N° 5 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el restablecimiento de las condiciones laborales y el pago de las sumas adeudadas.

Cobro de salarios Premio por eficiencia Descuentos indebidos Condiciones laborales Inconstitucionalidad Cct 91/75 Derecho laboral Tribunal de trabajo Actores Empleador


- Quién demanda: Osvaldo Néstor Giachetti; Juan Ocampo

¿A quién se demanda?

Ente Administrador Astillero Río Santiago

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de salarios, específicamente el 'premio por eficiencia' y devolución de descuentos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, confirmando la medida cautelar y ordenando el pago de sumas adeudadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El adicional convencional regulado por el art. 28 inc. 2 del CCT 91/75, denominado 'premio por eficiencia', integra el contrato individual de trabajo que unió a la demandada con el accionante desde el inicio de la relación de trabajo." "La decisión unilateral del empleador de dejar de abonar el mismo a partir del mes de julio de 2018, se corresponde con un ejercicio regular de las facultades de organización y dirección." "Las sumas detraídas constituyen salario en los términos previstos por el art. 1° del Convenio 95 de la OIT, suscripto por nuestro país mediante el Decreto-Ley 11.594 del 02/07/1956."

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