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SOTO JOSE ANTONIO C/ BULDAIN JORGE NICOLAS Y OTRO S/ *DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su empleador. El Tribunal del Trabajo Nº 4 declaró la caducidad de la instancia por inactividad de las partes, imponiendo las costas a la parte actora con beneficio de gratuidad.

Incidente Despido Caducidad de instancia Inactividad Ley 15.057 Costas Gratuidad Procedimiento laboral Plazos procesales Derecho laboral

Actor: José Antonio Soto Demandado: Jorge Nicolás Buldain; Otro Objeto: Despido Decisión: Se declaró la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Han transcurrido con exceso los plazos establecidos en el art. 11 de la ley 15.057. En autos no existen actos idóneos para mantener viva la instancia, puesto que por un período ampliamente superior al previsto legalmente para operarse la perención, no ha habido en absoluto participación ni impulso alguno de las partes al proceso." "Las peticiones para ser interruptivas de la caducidad de instancia, deben ser adecuadas al estado de la causa y de utilidad. La intención de las partes debe traducirse en hechos que evidencien estos presupuestos." "Las costas deberán ser impuestas a la parte actora (art. 24 ley 15.057), con el beneficio de gratuidad previsto en el art. 27 de la ley 15.057 en tanto su calidad de trabajadora."

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