PROCESO RESERVADO S. VIOLENCIA LABORAL CONTRA LAS MUJERES – CUADERNILLO S/CUESTIÓN DE COMPETENCIA
La denunciante A.M.L.F. planteó un conflicto de competencia respecto a una denuncia por violencia laboral contra el Instituto Santa Lucía. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió que la causa debe ser tratada por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 1 de Paraná.
Actor: A.M.L.F. Demandado: Instituto Santa Lucía Paraná Sociedad Anónima en Formación. Objeto: Denuncia por violencia laboral y discriminación. Decisión: Se establece la competencia del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 1 de Paraná.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las situaciones padecidas por la denunciante... no se encuentran en el ámbito de violencia institucional sino en el ámbito de la violencia laboral."
"El bloque normativo aplicable tiene carácter protector a favor del trabajador... corresponde que la causa quede radicada en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 1º de esta ciudad."
"El tratamiento y resolución corresponde a la justicia del trabajo... el vínculo de trabajo que da motivo u ocasión a la conducta -acción u omisión
- violenta."
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