MOREYRA, FERNANDO DANIEL - O.C.D (MENOR NO PUNIBLE) S - HOMICIDIO AGRAVADO Y HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VÍNCULO EN GRADO DE TENTATIVA - S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
El defensor interpuso un recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara de Casación que rechazó la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley provincial. El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos declaró la inconstitucionalidad de los artículos 77 y 109 de la ley 9.861, incorporados por la ley 10.450, por vulnerar derechos de los menores.
¿Quién es el actor?
Fernando Daniel Moreyra (Defensor Público de Coordinación, Dr. Gaspar I. Reca).
¿A quién se demanda?
Cámara de Casación Penal.
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad de los artículos 77 y 109 de la ley provincial 9.861.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso extraordinario y se declara la inconstitucionalidad de los artículos mencionados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Ley N° 22.278 establece que no es punible el menor que no haya cumplido dieciséis años de edad. La normativa provincial que permite la procesabilidad de menores de 16 años es incompatible con esta ley nacional y con la Convención sobre los Derechos del Niño." "El contacto con el sistema de justicia penal perjudica a los niños, por lo que la intervención debe ser sin recurrir a procedimientos judiciales, garantizando su protección integral." "La procesabilidad de menores no punibles resulta inconstitucional, ya que estos no pueden ser considerados responsables penalmente."
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