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GRAHAM, JULIO RICARDO S/ INCONSTITUCIONALIDAD ART. 32 INC. 1 DECRETO LEY 9020/78

El escribano Julio Ricardo Graham promovió una demanda de inconstitucionalidad contra el art. 32 inc. 1 del decreto ley 9.020/78, que establece la inhabilidad para ejercer funciones notariales a partir de los 75 años. La Corte declaró la inconstitucionalidad de la norma, argumentando que vulnera derechos fundamentales como el derecho al trabajo y la igualdad.

Inconstitucionalidad Derecho al trabajo Igualdad Discriminacion por edad Funciones notariales Decreto ley 9.020/78 Provincia de buenos aires Escribanos Derechos humanos Jurisprudencia


¿Quién es el actor?

Julio Ricardo Graham

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad del art. 32 inc. 1 del decreto ley 9.020/78
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad de la norma y su inaplicabilidad al caso del demandante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La limitación temporal del ejercicio de la profesión aludida no guarda adecuada proporción con la necesidad de tutelar el interés público comprometido, pues el solo hecho de alcanzar la edad de 75 años no revela la ausencia de condiciones para cumplir la función encomendada." "El legislador ha establecido, sin razón atendible, una discriminación en perjuicio de los escribanos que lleguen a la edad aludida, y no lo ha hecho respecto de otros profesionales con título universitario." "Los escribanos son profesionales del derecho afectados a una actividad privada... no están sujetos al discrecional poder con que cuenta el Estado para la organización administrativa."

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