G., M. A. c/ M., J. E. s/ VIOLENCIA FAMILIAR
El demandado planteó un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados en el marco de un caso de violencia familiar. La Cámara de Apelación resolvió a favor del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Esperanza, considerando la proximidad al domicilio de la actora.
¿Quién es el actor?
G. M. A.
¿A quién se demanda?
M. J. E.
- Objeto de la demanda: Conflicto negativo de competencia en un caso de violencia familiar.
- Decisión del tribunal: Se dirime el conflicto de competencia a favor del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral número 19 de Esperanza.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Juzgado competente es aquel con competencia en el domicilio real de la denunciante – actora en autos. [...] atribuir la competencia al juzgado santafesino implicaría que para la tramitación del proceso, sobre todo en aquellas diligencias que implicaría su presencia personal, la actora tendría que descuidar a sus hijos para viajar a esta capital." "Apoya este fallo lo previsto en los incisos a, b, d, j y k del artículo 3 de la Ley 26485."
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