S., S. A. C/ M., J. P. S/ INCIDENTE LIQUIDACION REGIMEN DE COMUNIDAD*
El perito tasador P. E. M. apeló la regulación de sus honorarios fijada en $1.837.975. La Cámara de Apelaciones admitió parcialmente el recurso, revocando la regulación y ordenando su recalculo conforme a los valores de tasación.
Actor: P. E. M. (perito tasador) Demandado: Juzgado de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes de Gualeguay Objeto: Regulación de honorarios Decisión: Se admite el recurso de apelación y se revoca la regulación de honorarios
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Aun cuando el planteo del perito podría estar asistido de razón, nos encontramos por el momento con un obstáculo que obsta su tratamiento." "Resulta conveniente dejar sin efecto la regulación de honorarios del perito M., debiendo el Juez de grado proceder a su cuantificación previa regulación faltante a favor de los letrados intervinientes." "La excesiva dilación en el tiempo que ha tenido la definición de la cuestión... justifica resolver la presente conforme al principio de máximo rendimiento."
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