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BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A C/ CAEZZA JAVIER S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

El Banco Santander Argentina S.A. promovió una acción de secuestro prendario contra Javier Caezza. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley de Prenda con Registro y rechazó la acción de secuestro por considerar que vulnera derechos del consumidor.

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Actor: Banco Santander Argentina S.A. Demandado: Javier Caezza Objeto: Secuestro de cosa prendada. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la Ley de Prenda con Registro y se rechazó la acción de secuestro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 02/10/2025 se expidió el Agente Fiscal considerando que no resulta aplicable el artículo 39 a las relaciones de consumo, puesto que dicha norma colocaría al consumidor en una situación de tamaña desigualdad que tornaría ilusoria la tutela brindada por la ley 24240." "Privar al deudor -en la relación de consumo
- de todo ejercicio de derecho de defensa, en forma previa al secuestro del bien prendado, podría colocarlo en una situación que no se condice con la especial protección le confiere el artículo 42 de la Constitución Nacional." "Corresponde declarar la inaplicabilidad del artículo 39 de la Ley de Prenda con Registro, a la presente causa, y por ende rechazar la acción de secuestro prendario deducida."

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