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Causa Nº 420-00-00/15 “Abel, Héctor Juan s/art. 111 Ley 1472”-Apelación

La defensa de Héctor Juan Abel apeló la decisión que ordenó la comunicación al Poder Ejecutivo tras la extinción de la acción contravencional. La Cámara confirmó la resolución, considerando que la comunicación no vulnera el principio de culpabilidad.

Recurso de apelacion Contravencion Articulo 111 Suspension del proceso a prueba Comunicacion al poder ejecutivo Principio de culpabilidad Inconstitucionalidad Sanciones administrativas Derechos individuales Jurisprudencia del tribunal superior


¿Quién es el actor?

Héctor Juan Abel

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo
- Objeto de la demanda: Impugnación de la comunicación al Poder Ejecutivo tras la extinción de la acción contravencional.
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La comunicación al Poder Ejecutivo prevista en el art. 45 in fine del CC es constitucional, dado que no vulnera la garantía de juicio previo ni el principio de inocencia." "La decisión que dispuso suspender el proceso a prueba y que no se pronuncia sobre la existencia del hecho ni la culpabilidad del imputado, no constituye el presupuesto necesario para la imposición de una sanción." "La comunicación a la autoridad administrativa no resulta exigible a los jueces en tanto no se reúnen los requisitos que son necesarios para enviar algún antecedente o dato relativo a la causa que implique una amenaza de sanción."

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