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INCIDENTE DE APELACIÓN en autos ‘M., J. R. s/inf. Art. 149 bis C. Penal’

La apoderada del Consejo de la Magistratura interpuso un incidente de apelación contra la regulación de honorarios de un cerrajero. La Cámara confirmó la decisión de la juez de primera instancia, argumentando que el Estado debe asumir el pago de los honorarios.

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Actor: Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Demandado: Resolución de la Sra. juez de primera instancia. Objeto: Regulación de honorarios del cerrajero N. M. por $1.400. Decisión: Se confirma la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Estado es quien debe proveer los medios necesarios tendientes a cumplir con las distintas etapas del proceso." "El pago de sus honorarios debe llevarse adelante a través del patrimonio del Consejo de la Magistratura C.A.B.A." "La intervención de un cerrajero fue expresamente autorizada por la Sra. Juez a quo."

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