INCIDENTE DE EXCEPCIÓN EN AUTOS: ACOSTA, CRISTIAN S/ ART. 128, 2° PÁRR. CP
La defensa de Cristian Acosta interpuso un recurso de apelación contra la resolución que no hizo lugar a la excepción de falta de acción. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no se había excedido el plazo razonable de la investigación.
¿Quién es el actor?
Cristian Acosta
¿A quién se demanda?
Justicia Penal, Contravencional y de Faltas
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia que no hizo lugar a la excepción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta sala tiene dicho que resulta clara y precisa la regla que establece los plazos de duración de aquélla al disponer que el periodo comienza a correr a partir de la declaración del imputado en los términos del artículo 161 del CPPCABA." "La postura de la defensa no resulta convincente, pues no se advierte en autos una demora irrazonable." "Por lo tanto, en atención a los fundamentos expuestos, corresponde confirmar la resolución impugnada en cuanto fue materia de agravio."
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