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INCIDENTE DE APELACIÓN DE CLAUSURA PREVENTIVA ART. 29 LPC EN AUTOS UBER SRL. Y OTROS S/ INFR. 83 CC

Se interpone un incidente de apelación contra la clausura preventiva de servicios relacionados con UBER. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que ordena a las empresas prestadoras abstenerse de habilitar puntos de venta para UBER.

Incidente Clausura preventiva Uber Libertad de expresion Jurisdiccion territorial Medidas cautelares Empresas prestadoras Infraccion Resolucion confirmada Camara de apelaciones


¿Quién es el actor?

Defensor particular, Dr. Nicolás Daniel Ramírez.

¿A quién se demanda?

Empresas prestadoras "Rapipago", "Pagofácil", "Neteller" y "Cardnow".
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que ordena a las empresas mencionadas abstenerse de habilitar puntos de venta para UBER.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presentación en examen fue interpuesta por quien tiene derecho a hacerlo, en tiempo oportuno, por escrito fundado y ante la Juez que dictó la resolución expresamente apelable." "La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que 'si bien en el régimen republicano la libertad de expresión tiene un lugar eminente... puede afirmarse sin vacilación que ello no se traduce en el propósito de asegurar la impunidad de la prensa...'" "Por las razones explicadas corresponde confirmar el temperamento adoptado por la Juez Alvaro."

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