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Causa 18085-00/CC/2017 “C.P.S. Comunicaciones S.A. s/ 2.1.21 – incumplimiento permiso de obra”

El fiscal interpuso recurso de apelación contra la sentencia que impuso una multa a C.P.S. Comunicaciones S.A. por incumplimiento de normas de seguridad. La Cámara revocó parcialmente la sentencia, estableciendo que la conversión de la multa debe hacerse al momento del pago, no al momento del hecho.

Recurso de apelacion Multa Infraccion Ley 451 Conversion de unidades fijas Seguridad Ciudad autonoma de buenos aires Efecto disuasivo Igualdad ante la ley Actualizacion monetaria


¿Quién es el actor?

Fiscal, Federico Villalba Díaz

¿A quién se demanda?

C.P.S. Comunicaciones S.A.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la multa impuesta por incumplimiento de normas de seguridad.
- Decisión del tribunal: Se revocó parcialmente la sentencia, estableciendo que la conversión de la multa debe hacerse al momento del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sanción de multa obliga a pagar una suma de dinero a la ciudad hasta el máximo que en cada caso establece la ley. La Unidad Fija se convertirá en moneda de curso legal al momento en que el infractor efectúe el pago voluntario o el pago del total de la multa impuesta por resolución firme dictada en sede administrativa o sede judicial." "La razón por la cual la conversión de las unidades fijas en moneda de curso legal debe realizarse cuando la firma encartada concurra a efectuar el pago y conforme el valor vigente en ese momento radica no sólo en mantener el valor económico real de la moneda frente a la inflación, pues perdería el efecto disuasivo que las multas deberían tener." "Tomar el valor que la unidad fija tiene al momento del pago implica recomponer el valor de la multa, de lo contrario el efecto erosivo de la inflación generaría que a raíz del transcurso del tiempo, quien paga tarde paga menos."

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