INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA RESPECTO DE BENJAMÍN AVILÉS LAMAS EN NN (UBER) Y OTROS S/ARTS. 73; 84 Y 83 CC
El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión que hizo lugar a la excepción de cosa juzgada interpuesta por la defensa de Benjamín Avilés Lamas. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución, argumentando que no existía identidad de causa para aplicar el principio ne bis in ídem.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Benjamín Avilés Lamas
- Objeto de la demanda: Excepción de cosa juzgada
- Decisión del tribunal: Se revocó la resolución que hacía lugar a la excepción de cosa juzgada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio ne bis ídem impide la múltiple persecución siempre que se verifique, además de la existencia de identidad personal y de objeto en dos o más procesos distintos, la identidad de causa o de pretensión punitiva." "En el caso que nos ocupa no se verifica la identidad de causa requerida para impedir la múltiple persecución toda vez que, como se dijo, concurren de forma ideal dos grupos de infracciones perseguibles de distinto modo."
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