ALONSO MEDINA, MARIO s/art. 1472:83 Usar indebidamente el espacio público c/fines lucrativos (no autorizadas) - CC
El apelante cuestionó la resolución que no hizo lugar a la excepción de falta de acción por atipicidad en un caso de uso indebido del espacio público. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que la atipicidad no era manifiesta y que la conducta podía ser perseguida como contravención.
¿Quién es el actor?
Mario Alonso Medina
¿A quién se demanda?
Ministerio Público Fiscal
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción por atipicidad en un caso de uso indebido del espacio público.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución que no hizo lugar a la excepción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La posible ‘atipicidad’ de la conducta que aquí se imputa no era de ninguna manera manifiesta, porque para afirmar esa ‘atipicidad’ se debió acudir a consideraciones anticipadas de naturaleza probatoria." "Aún cuanto cierto evento pudiera ser subsumido en una infracción al régimen de faltas y, a su vez, en una determinada contravención —que protegiese el mismo bien jurídico—, ello no implicaría necesariamente que tal suceso no pueda ser perseguido en el régimen contravencional."
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