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M, A. R. Y OTROS SOBRE 52 - HOSTIGAR, MALTRATAR, INTIMIDAR (Art. 52 según TC Ley 5666 y modif.)

La defensa técnica del imputado fue apartada por la magistrada de primera instancia. La Cámara de Apelaciones confirmó la nulidad de los actos procesales desde la intervención de la letrada, garantizando el derecho de defensa.

Recurso de apelacion Nulidad Defensa tecnica Derecho de defensa Imputado Apartamiento Actos procesales Querella Tutela efectiva Proceso penal


¿Quién es el actor?

La Dra. María Beatriz Goyena Giménez (defensora apartada).

¿A quién se demanda?

L. A. O. (imputado).
- Objeto de la demanda: Impugnación del apartamiento de la defensa técnica y nulidad de actos procesales.
- Decisión del tribunal: Se confirma el apartamiento de la letrada y la nulidad de los actos procesales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La impugnación no viene rubricada por el propio imputado, de tal modo que resulta dudoso que... la recurrente... sea portadora de un interés propio para impugnar." "Los jueces deben velar por la tutela efectiva del derecho defensa... y los tribunales deben garantizar un auténtico patrocinio letrado de toda persona sometida a proceso penal." "Mal podría declararse en este proceso la nulidad de actos procesales celebrados en el marco de otros procesos distintos."

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