R, N. A SOBRE 149 BIS - AMENAZAS - CP (P/ L2303)
La defensa interpuso un recurso de queja contra la inadmisibilidad de un recurso de inconstitucionalidad. La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas resolvió que el Juzgado Nº 31 debe continuar interviniendo en el proceso.
¿Quién es el actor?
Defensa de N. R.
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 29.
- Objeto de la demanda: Recurso de queja contra la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el Juzgado Nº 31 debe continuar interviniendo en el legajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En virtud de lo dispuesto por el art. 33 de la ley 402, una vez rechazado el recurso de inconstitucionalidad no se suspende el curso del proceso... sólo el Tribunal Superior de Justicia puede modificar dicha circunstancia otorgando efecto suspensivo a la queja, lo cual no ha ocurrido en autos."
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