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INCIDENTE DE RECUSACIÓN - EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO

El actor solicitó la nulidad de la notificación de la resolución sobre su recusación. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó el planteo, argumentando que la notificación se realizó correctamente y con la documentación correspondiente.

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Actor: Agustín Juan Fernández Segalá Demandado: Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Objeto: Nulidad de la notificación de la resolución sobre la recusación Decisión: Se rechaza el planteo de nulidad

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 132 del CCAyT establece que es nula la notificación que se hiciere en contravención a lo dispuesto en los artículos anteriores, siempre que la irregularidad sea grave e impida al interesado cumplir oportunamente los actos procesales vinculados a la resolución que se notifica." "Conforme surge del expediente, en la cédula 109913/21 se aclaró que se acompañaban como adjuntos la resolución del 8 de mayo de 2020 y el dictamen fiscal 128/20." "De lo reseñado surge que al momento de la entrega de la cédula de notificación se acompañó la documentación señalada como adjunta en el cuerpo del instrumento."

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