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Expte. n° TSJ 18114/2020-0 “NN, NN s/ 00 - presunta comisión delito (competencia) (art. 173 inc 15 CP) s/ Conflicto de competencia I”

Se plantea un conflicto de competencia entre juzgados sobre la investigación de un delito de defraudación. El Tribunal Superior de Justicia declara competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 12 para continuar con la causa.

Conflicto de competencia Delito de defraudacion Juzgado nacional Juzgado en lo penal Ciudad autonoma de buenos aires Ley 24.588 Jurisdiccion Tribunal superior de justicia Fiscal general Competencia judicial


¿Quién es el actor?

Marcelo David Lerman en representación de Prisma Medios de Pago S.A.

¿A quién se demanda?

Juzgados Nacional en lo Criminal y Correccional n° 48 y en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 12.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para investigar un caso de defraudación.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 12.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal que ejercen su jurisdicción en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tal como ocurre en este caso, es el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el órgano encargado de conocer tales conflictos." "Corresponde declarar la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 12 para entender en la causa en la que se originó el presente incidente."

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