INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'NN, NN SOBRE 289 1 - FALSIFICACIÓN DE MARCAS / SEÑAS O FIRMAS OFICIALES'
La Fiscalía interpuso un incidente de apelación contra la declinación de competencia en una causa por falsificación de marcas. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los hechos se encuadran en la ley de marcas y que la competencia es federal.
¿Quién es el actor?
Fiscalía en lo Penal Contravencional y de Faltas Nº 35
¿A quién se demanda?
Juzgado N° 21 en lo Penal Contravencional y de Faltas
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la declinación de competencia en una causa por falsificación de marcas.
- Decisión del tribunal: Se confirma la declinación de competencia a favor de la Justicia en lo Criminal y Correccional Federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 289 invocado por la fiscalía establece que 'será reprimido con prisión de seis meses a tres años...'. Esta norma se encuentra comprendida dentro del Título XII del Código Penal, que contempla infracciones contra la fe pública." Se concluye que los hechos investigados se subsumen bajo el tipo penal establecido por el art. 31 de la Ley 22.362.
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