P , H J Y OTROS SOBRE 53 BIS - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 51, 52 Y 53) Y OTROS
El Consejo de la Magistratura de la CABA apeló la regulación de honorarios del perito intérprete de idioma coreano. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que el pago debe ser asumido por el Consejo para garantizar el derecho de defensa del imputado.
¿Quién es el actor?
Consejo de la Magistratura de la CABA
¿A quién se demanda?
Juez Susana Parada
- Objeto de la demanda: Regulación de honorarios del perito intérprete de idioma coreano
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios en $115.650 a cargo del Consejo de la Magistratura.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La intervención del traductor hace al correcto ejercicio del derecho de defensa... asegurando el correcto entendimiento de la imputación." "El pago de los honorarios lo afronte el CMCABA, pues el derecho antes aludido no alcanza su expresión real sin la participación del traductor." "La decisión del Magistrado de grado en cuanto obliga al pago al Consejo de la Magistratura de la CABA no resulta arbitraria."
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