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ENTE DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL SOBRE 6.1.28 - EXCESO DE VELOCIDAD Número: CAU 297842/2022-0

El Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal apeló la condena por exceso de velocidad. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que las infracciones estaban debidamente fundamentadas y señalizadas.

Recurso de apelacion Exceso de velocidad Multa Nulidad Ley 1217 Codigo de transito Fuerzas de seguridad Infracciones Procedimiento administrativo Arbitrariedad


¿Quién es el actor?

Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal

¿A quién se demanda?

Dirección General de Administración de Infracciones
- Objeto de la demanda: Nulidad de actas de infracción por exceso de velocidad y reducción de multas.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena a multa por exceso de velocidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Código de Tránsito y Transporte establece que los límites máximos de velocidad son 100 km/h, pero se han colocado señales que establecen 80 km/h." "No se ha acreditado que los vehículos involucrados estuvieran en cumplimiento de funciones o en situación de emergencia." "La falta de homologación del cinemómetro no afecta la validez de las infracciones por exceso de velocidad."

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