INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS SOBRE 173 7 - DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA
La Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires solicitó ser admitida como tercero coadyuvante en un proceso por defraudación. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó el rechazo de la solicitud, argumentando que no cumplía con los requisitos legales establecidos.
¿Quién es el actor?
Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.)
¿A quién se demanda?
No se individualiza un demandado específico.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Participación como tercero coadyuvante en un proceso penal.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la solicitud de participación de Ob.S.B.A.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La figura del tercero coadyuvante posee los mismos requisitos que la del querellante... Ob.S.B.A. no pretende denunciar un delito, sino afirmar la inexistencia de conductas susceptibles de reproche penal." "Los organismos del Estado no podrán ser querellantes cuando el Ministerio Público Fiscal ejerza la acción. No obstante, podrán participar en el proceso como terceros coadyuvantes."
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