INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'P, D. J SOBRE 149 BIS - AMENAZAS'
La defensa oficial y la asesoría tutelar apelaron la medida de seguridad de internación impuesta a D. J. P. por el Juzgado N° 13. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que la internación es adecuada dada la inimputabilidad y el riesgo que representa el encausado.
¿Quién es el actor?
Defensa oficial y asesoría tutelar.
¿A quién se demanda?
Juzgado N° 13.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la medida de seguridad de internación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la medida de seguridad de internación en el PRISMA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión que dispone la imposición de una medida de seguridad es equiparable a una sentencia definitiva... afecta de manera directa la libertad ambulatoria del encausado." "El archivo adoptado por la fiscalía interviniente y convalidado por la Sra. Jueza de grado, es aquel previsto en el art. 212, inc. 'c', del CPPCABA, que procede respecto de las denuncias y de las actuaciones de prevención cuando 'el/la autor/a sea inimputable...'" "La magistrada de grado entendió que el Sr. P. resultaba riesgoso para sí y/o para terceros... la única medida eficiente para que internalizara pautas y realizara el tratamiento correspondiente a su psicopatología devenía la internación a puertas cerradas."
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