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SALA DE FERIA PCYF SOBRE HABEAS CORPUS Número: CAU 5298/2024-0 CUIJ: CAU J-01-00005298-8/2024-0

El Sr. G. J. A. R. promovió un habeas corpus solicitando su traslado a otra unidad penitenciaria. La Cámara de Apelaciones confirmó la incompetencia del Juzgado de Primera Instancia y remitió el caso al Juzgado correspondiente en la localidad de Sierra Chica.

Habeas corpus Incompetencia Traslado penitenciario Condiciones de detencion Jurisdiccion Ley 23.098 Derecho a la salud Servicio penitenciario bonaerense Juzgado de ejecucion Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

G. J. A. R.

¿A quién se demanda?

Juzgado de Ejecución Penal N° 1 del Departamento Judicial de Mercedes.
- Objeto de la demanda: Solicitud de habeas corpus por condiciones de detención y pedido de traslado.
- Decisión del tribunal: Se confirma la incompetencia del Juzgado de Primera Instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las características propias de la naturaleza del Habeas Corpus exigen que la averiguación sumaria indispensable para su resolución sea practicada por el magistrado con competencia en el lugar en el cual se estuviera ejecutando el acto por el cual se reclama...". Se sostiene que corresponde al Juzgado penal de turno en Sierra Chica resolver la cuestión.

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