EXPEDIENTE Nº 1984/2019-0 “S G , E J SOBRE 92 - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91) Y OTROS”
El recurso de apelación fue interpuesto por la Defensoría Oficial contra la decisión de no cesar una medida cautelar de alimentos provisorios. La Cámara de Casación y Apelaciones rechazó el recurso por extemporáneo, afirmando que se presentó fuera del plazo legal establecido.
¿Quién es el actor?
Defensoría Oficial PCyF nro. 23
¿A quién se demanda?
E J S G
- Objeto de la demanda: Cese de medida cautelar de alimentos provisorios.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación por extemporáneo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo para la presentación de la vía recursiva que se ha intentado es de tres días hábiles desde la notificación del auto que se cuestiona... Habiendo sido presentada la apelación el 1 de agosto de 2024, resulta extemporánea, correspondiendo en consecuencia que searechazada sin más trámite." "No es posible celebrar válidamente actos legales fuera de los plazos... ya que ello no sólo quebraría la lógica del procedimiento, sino que también alteraría las reglas que afectan por igual a todas las partes."
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