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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'A.,, R. A. SOBRE 292 2°PARR - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO DESTINADO A ACREDITAR IDENTIDAD DE PERSONAS /HABILITACIÓN PARA CIRCULAR O TITULARIDAD DE AUTOMOTOR'

La defensa interpuso un incidente de apelación contra la resolución que no computó el tiempo de detención en un proceso paralelo. La Cámara confirmó la decisión del Juzgado, argumentando que la condena en el otro proceso no era firme.

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¿Quién es el actor?

R. A. A.

¿A quién se demanda?

Juzgado Penal Contravencional y de Faltas Nº 19

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Computo de pena en relación a detenciones en procesos paralelos.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución que no computó el tiempo de detención en otro proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tiempo de detención cautelar que los condenados en una causa transcurrieron en otro proceso, sólo puede ser tenido en cuenta para determinar la pena que les corresponde si están dados los requisitos de la unificación de condenas (artículo 58 del Código Penal)."

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