P., M.B. CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE INCIDENTE CAUTELAR AUTÓNOMA MEDIDA
La Sra. M. B. P. solicitó la suspensión del plazo de licencia por largo tratamiento debido a la interrupción de su rehabilitación. La Cámara de Apelaciones hizo lugar a su pedido, determinando que el plazo de licencia no se computará durante la falta de prestación médica.
¿Quién es el actor?
M. B. P.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Suspensión del plazo de licencia por largo tratamiento y restablecimiento del tratamiento de rehabilitación.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso, ordenando que el plazo de licencia no se compute durante la interrupción del tratamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de rehabilitación impactaba directamente en su pronta recuperación y condición física"; "la suspensión del plazo de su licencia hasta la efectiva reanudación del tratamiento resultaba una medida razonable".
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