CLUB ATLETICO RIVER PLATE ASOC CIVIL CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
El Club Atlético River Plate promovió un incidente de competencia contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Seeker SRL. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario declaró la competencia del Juzgado CATyRC Nº 17 para entender en las actuaciones.
Actor: Club Atlético River Plate Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Seeker SRL Objeto: Medida cautelar para prohibir la comercialización de espacios de estacionamiento en eventos en el estadio del Club. Decisión: Se declaró la competencia del Juzgado CATyRC Nº 17 para entender en las actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conexidad posibilita la sustanciación ante un mismo magistrado de causas relacionadas entre sí, y su aplicación constituye una causal de excepción a las reglas generales que determinan la competencia." "Cabe concluir que los dos expedientes involucrados en el conflicto de competencia resultan conexos y, dado que el trámite de los expedientes conexos se somete –por regla– al conocimiento del tribunal que previno."
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