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CEBALLOS, JACQUELINE CLEMENTINA (POR LA REPR. INVOCADA) c/ OSFGPICYD s/AMPARO LEY 16.986

La Sra. Jacqueline Clementina Ceballos interpuso acción de amparo contra la Obra Social de la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados para obtener la cobertura de prestaciones para su hijo con discapacidad. El tribunal declaró abstracta la acción de amparo, considerando que la cuestión se tornó inoficiosa.

Amparo Discapacidad Prestaciones de salud Cobertura Arbitrariedad Inoficioso Accion judicial Ley 16.986 Honorarios Juzgado federal


¿Quién es el actor?

Jacqueline Clementina Ceballos

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados (OSFGPICYD)
- Objeto de la demanda: Cobertura total de prestaciones de musicoterapia, terapia ocupacional, psicopedagogía y fonoaudiología para su hijo con discapacidad.
- Decisión del tribunal: Se declara abstracta la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La procedencia de la acción de amparo requiere que la acción u omisión lesiva se haya llevado adelante con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta." "La vía del amparo, de carácter residual y heroica, no resulta la idónea, debiendo ocurrirse por la vía ordinaria." "Las sentencias de los órganos judiciales deben ajustarse a las condiciones existentes al momento en que se dictan, aunque sean sobrevinientes a la promoción del pleito."

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