DIAZ GLADYS NOEMI C/ EMPRESA NUEVE DE JULIO S.A. DE TPTE S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Gladys Noemí Díaz apeló la sentencia que desestimó varios rubros de su demanda por daños y perjuicios tras un accidente de tránsito. La Cámara modificó parcialmente la decisión, reconociendo indemnizaciones por gastos médicos y privación de uso del vehículo.
Actor: Gladys Noemí Díaz Demandado: Empresa Nueve de Julio Sociedad Anónima de Transporte; Mutual Rivadavia Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, admitiendo el resarcimiento por gastos médicos y privación de uso del vehículo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La magistrada de grado desestimó los reclamos formulados a título de gastos médicos, farmacológicos y de tratamiento de rehabilitación, tratamiento psicoterapéutico y daño psicológico, incapacidad sobreviniente (daño físico) y privación de uso."
"En virtud de los antecedentes analizados, las repercusiones en las aptitudes vitales de la víctima y la entidad del sufrimiento experimentado, la suma fijada en la instancia anterior -a valores de febrero del corriente año
- no resulta excesiva, por lo que propongo su confirmación."
"El resarcimiento por privación de uso tiene por finalidad compensar los gastos en que incurre el damnificado al verse obligado a utilizar medios de transporte alternativos durante el período en que su vehículo permanece fuera de circulación a causa de su reparación."
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