FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ RASJIDO RAUL RUBEN S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
FCA Compañía Financiera S.A. apeló la desestimación de su acción de secuestro de un automotor. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que el procedimiento de secuestro vulnera el derecho de defensa del consumidor.
Actor: FCA Compañía Financiera S.A. Demandado: Rasjido Raúl Rubén Objeto: Secuestro de un automotor prendado. Decisión: Se confirmó la desestimación de la acción de secuestro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho del consumidor debe traducirse en 'garantías procedimentales' que el ordenamiento ofrece a los consumidores para asegurarles una tutela judicial efectiva y oportuna." "El artículo 39 de la Ley de Prenda se evidencia contrario al derecho de los consumidores y su finalidad protectoria, ya que no puede desconocerse que desde el reconocimiento de éstos en la reforma de 1994 de la Constitución Nacional, en el art. 42 y de la ley 24.240..." "El secuestro prendario previsto en el artículo 39 de la ley 12.962 colisiona con el derecho de defensa en juicio. El sistema protectorio del derecho del consumo no puede ser enervado por la existencia de un proceso monitorio sostenido en aras de la protección del crédito prendario."
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