TRANSPORTES DON OTTO SA c/ CNRT (EX 20860779/24) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
La empresa Transportes Don Otto S.A. interpuso un recurso directo contra la sanción impuesta por la CNRT por la expedición de una lista de pasajeros con datos falsos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, argumentando la vigencia del régimen sancionatorio aplicable.
- Quién demanda: Transportes Don Otto S.A.
¿A quién se demanda?
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad del pago previo y la inaplicabilidad del régimen sancionatorio de la Ley Nº 21.844.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso directo y se confirmó la sanción impuesta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El régimen sancionatorio aplicable a las infracciones en el transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional está claramente definido y plenamente vigente en la Ley Nº 21.844 y el Decreto Nº 253/1995, que no han sido derogados." "La derogación tácita requiere una incompatibilidad absoluta e irreconciliable entre la norma anterior y la posterior." "Corresponde tener por reproducidos por razones de brevedad los fundamentos allí expuestos, y, en consecuencia, corresponde rechazar el recurso directo interpuesto por la parte actora."
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