CASO NORÍN CATRIMÁN Y OTROS (DIRIGENTES, MIEMBROS Y ACTIVISTA DEL PUEBLO INDÍGENA MAPUCHE) VS. CHILE. FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
El caso involucra la aplicación de la Ley Antiterrorista a dirigentes y miembros del pueblo indígena Mapuche en Chile. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que Chile violó derechos fundamentales de las víctimas, ordenando la anulación de las condenas y reparaciones correspondientes.
- Se reclama la violación de derechos humanos de ocho miembros del pueblo Mapuche condenados bajo la Ley Antiterrorista de Chile.
- La Corte determinó que Chile violó el principio de legalidad, la presunción de inocencia, y otros derechos fundamentales de las víctimas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte concluyó que Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo 1° de la Ley N° 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista." "La Corte también encontró que en la fundamentación de las sentencias condenatorias se utilizaron razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios, lo cual configuró una violación del principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley." "El Tribunal también determinó que Chile incurrió en violaciones al derecho a la libertad de pensamiento y de expresión y a los derechos políticos, debido a que, en las circunstancias del presente caso, las penas accesorias que restringían esos derechos fueron impuestas de forma contraria al principio de proporcionalidad de las penas."
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