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.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN

El defensor interpuso recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 que condenó a A. N.O.F. a cinco años de prisión. La Cámara de Casación hizo lugar al recurso, anuló la sentencia y ordenó la unificación de penas conforme al artículo 58 del Código Penal.

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Actor: Dr. Flavio Águila (Defensor Oficial) Demandado: A. N.O.F. Objeto: Unificación de penas en el contexto de un juicio abreviado. Decisión: Se hizo lugar al recurso de casación, se anuló la sentencia y se ordenó un nuevo pronunciamiento conforme a derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La unificación de penas o condenas es un imperativo legal que surge de la manda contenida en el art. 58 del Código Penal y que tiene por finalidad hacer cumplir con el principio de injerencia penal única del Estado... En virtud de la correcta aplicación del art. 58 del C.P., impone la necesidad de unificar las penas, más allá de encontrarse vencida una de ellas, razón que amerita la anulación de la sentencia y su reenvío a la instancia de origen a efectos de dictar un nuevo pronunciamiento conforme a derecho." Además, se citó que "la aplicación de ese precepto no requiere que el encausado esté cumpliendo pena, ni interesa a los fines que se persiguen, que la misma se encuentre extinguida o compurgada."

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