.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Diego Fernando Rodríguez contra la sentencia que lo condenó por homicidio preterintencional, confirmando la pena de un año de prisión efectiva y rechazando la improcedencia del recurso por su fundamentación adecuada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Diego Fernando Rodríguez interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo condenó por homicidio preterintencional, alegando que la sentencia fue un mero acto homologatorio del acuerdo de juicio abreviado y que la pena impuesta fue desproporcionada, vulnerando principios constitucionales y derechos fundamentales. La Cámara de Casación analizó los requisitos de admisibilidad, constató que el recurso fue presentado en tiempo y forma, y consideró que las motivaciones del tribunal de primera instancia estaban debidamente fundadas, respetando las normas de valoración probatoria y el procedimiento abreviado. La Cámara sostuvo que la sentencia fue razonable y que no se evidenció arbitrariedad ni violación de principios constitucionales, especialmente en relación a la proporcionalidad y legalidad de la pena. Además, rechazó la argumentación sobre la "pena natural" y la supuesta vulneración de principios de humanidad y dignidad, ya que la conducta del imputado fue calificada como irreflexiva y la pena impuesta dentro del marco legal. Finalmente, la Cámara concluyó que el recurso de casación carecía de fundamentos sólidos y debía ser rechazado, confirmando la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales: "la sentencia ha operado como mero acto homologatorio del acuerdo de juicio abreviado" y el tribunal "ha motivado debidamente la decisión en crisis, explicando las razones que sustentaron su convicción sincera respecto de la acreditación de las circunstancias que ameritaron la imposición de la pena,"; "la sentencia debe ser confirmada como acto jurisdiccional válido" y "las argumentaciones defensistas no logran demostrar que la decisión del tribunal haya sido arbitraria o ilógica"; "la escala penal y los principios de legalidad y proporcionalidad no han sido vulnerados" y "la pena impuesta se ajusta a la normativa vigente y a las circunstancias del hecho"; "el principio de legalidad y la competencia del legislador en determinar las penas" justifican la pena impuesta, sin que exista vulneración constitucional.
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