GOMEZ JULIO CESAR C/GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara decretó la caducidad de la instancia en un proceso por accidente de trabajo por inacción de la parte actora. La decisión se fundamenta en la falta de actividad procesal desde 2019, tras la intimación y la renuncia del patrocinio, y en la jurisprudencia que sostiene la operatividad del art. 11 de la ley 15057 en estos casos.
¿Quién es el actor?
Julio Cesar Gomez
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por accidente de trabajo, cuya tramitación ha sido interrumpida por inacción del actor.
¿Qué se resolvió?
Se decretó la caducidad de la instancia conforme al art. 11 de la ley 15057, por la inacción del demandante tras la intimación de 2019 y la falta de peticiones procesales subsiguientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de instancia es un arbitrio instituido por el legislador para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren en el deber de instar el proceso y que no se hallen en la imposibilidad de impulsar el trámite del mismo hacia su fin natural que es la sentencia." "Las actuaciones posteriores a la intimación en marzo de 2019 solo tuvieron por objeto notificar la renuncia al patrocinio, sin que se haya realizado actividad procesal alguna, transcurridos varios años desde entonces." "La jurisprudencia de la SCBA ha establecido que, para definir la extinción del proceso por caducidad, basta con una intimación previa y no reiteraciones, siempre que no exista una obligación específica del tribunal de instar el trámite." "La parte actora no ha peticionado respecto de la realización de la pericia médica ni ha manifestado interés en continuar con el proceso, haciendo que la inacción constituya un desistimiento tácito." "Por ello, la decisión de declarar la caducidad se ajusta a derecho y no vulnera deber alguno del tribunal." La disidencia no fue expresamente manifestada; los votos de los otros jueces se adhieren al fundamental de la magistrada presidenta.
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