VILLAR LARA MAITÉ C/ GOMEZ MARIA DE LOS ANGELES y otro/a S/ DESPIDO
La Cámara homologó el acuerdo de las partes en un juicio por despido, confirmando la validez del acuerdo y estableciendo condiciones para la acreditación del pago y regulación de honorarios y costas. La decisión garantiza la ejecución del acuerdo y la correcta fiscalización de los pagos.
¿Quién es el actor?
VILLAR LARA MAITÉ C
- A quien se demanda: GOMEZ MARIA DE LOS ANGELES y otro/a
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo alcanzado para resolución del despido y pago de indemnización, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
El tribunal homologó el acuerdo del 1.09.25 y aclaraciones, estableció condiciones para la acreditación del pago y regulación de honorarios y costas, y suspendió el plazo de pago del capital hasta que se acredite la cuenta bancaria del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057).” "Las partes han alcanzado un acuerdo que resuelve la cuestión controvertida, y las condiciones para su efectiva ejecución, por lo que corresponde homologar el mismo, conforme a los arts. 12, 13, 15, 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley 15057." "El acuerdo establece que la parte actora acreditará la titularidad de una cuenta bancaria a su nombre dentro de los dos días de la homologación, suspendiéndose el plazo de pago hasta esa acreditación, lo cual resulta conforme a las disposiciones de la jurisprudencia y la ley." "Asimismo, se regula la liquidación de honorarios y costas, estableciendo que los pagos se realizarán mediante depósitos en las cuentas denunciadas por los profesionales, quienes deberán justificar el cumplimiento de los aportes y retenciones correspondientes." "El tribunal resalta que la homologación del acuerdo garantiza la adecuada ejecución y cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, asegurando la protección de los derechos laborales y procesales."
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