RODRIGUEZ FARID ESTEBAN JOAQUIN C/ FIBRALEMA SA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación de la acuerdo conciliatorio en causa laboral; el tribunal la aprueba por considerarla justa y conforme a derecho. La resolución reconoce la validez del acuerdo, beneficiando a las partes, y regula pagos y costas.
- Quién demanda: RODRIGUEZ FARID ESTEBAN JOAQUIN
¿A quién se demanda?
FIBRALEMA SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de convenio y reconocimiento del acuerdo conciliatorio con pago de $5.716.031,50 y costas.
¿Qué se resolvió?
Se homologa la conciliación celebrada entre las partes, por la suma pactada, con exención del pago de sellados y tasa de justicia, y se regula el pago de honorarios y sumas a dar en pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La homologación de la conciliación en autos resulta procedente, ya que el acuerdo no enerva disposiciones laborales de orden público, en particular los arts. 15 y 263 LCT, y garantiza la protección del derecho laboral mediante la cosa juzgada. La parte actora ha presentado un acuerdo justo y suficiente, que respeta los principios de buena fe y equidad, y que además cumple con los requisitos formales y sustanciales para su homologación." "El tribunal ha considerado que la suma acordada de $5.716.031,50 es suficiente para satisfacer los rubros reclamados, y que la conformidad de las partes permite la homologación, en consonancia con el art. 30 de la Ley 15.057." "Las costas se imponen en los términos solicitados, eximiendo a las partes del pago de sellados y tasa de justicia, con la advertencia de que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del acuerdo." "Se regula asimismo el pago de honorarios profesionales, estableciendo que deberán abonarse en las cuentas bancarias de los profesionales intervinientes, y se dispone que, una vez efectuados, las partes acrediten el cumplimiento en un plazo de 60 días, bajo apercibimiento de sanciones por incumplimiento."
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