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SALVATIERRA JUAN MARCELO C/ ON SECURITY VIGILANCIA PRIVADA S.A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación de la conciliación en causa laboral fue concedida por el tribunal, validando el acuerdo de las partes y beneficiando la ejecución de los derechos derivados del mismo. La sentencia confirma la validez del acuerdo y establece las formas de pago y costas, sin que existan objeciones del apelante.

Homologacion de acuerdo Conciliacion laboral Costas y tasas exentas Honorarios profesionales Pago en cuenta sueldo


¿Quién es el actor?

SALVATIERRA JUAN MARCELO

¿A quién se demanda?

ON SECURITY VIGILANCIA PRIVADA S.A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de la conciliación por la suma de 2.000.000 pesos, imputable a los rubros reclamados.

¿Qué se resolvió?

Se homologó la conciliación, confirmando el acuerdo alcanzado entre las partes, disponiendo además el cumplimiento de las obligaciones económicas y procedimientos de pago, eximiendo a las partes del pago de sellados y tasa de justicia, con el beneficio de la cosa juzgada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA)." "Las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia, haciéndoles saber que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo." "En atención a lo acordado en materia de honorarios, las etapas procesales cumplidas, naturaleza de las cuestiones debatidas, resultado obtenido, actuaciones esenciales y de mero trámite realizadas y calidad y mérito de la labor desarrollada, regúlanse los honorarios de los letrados de la parte actora Dra. VANESA SOLEDAD PAZ en la cantidad de 9,24 Jus ($ 400.000) más IVA en caso de corresponder, y de los letrados de la parte demandada Dra. CAMUEIRA KARINA VERONICA en la misma cantidad de 9,24 Jus ($ 400.000) más IVA en caso de corresponder, a los que debe adicionarse el 10 % de ley." "La demandada deberá depositar el CAPITAL del actor en la cuenta sueldo del trabajador, y los honorarios de los profesionales en sus cuentas bancarias, verificándose el cumplimiento en 60 días, bajo apercibimiento de incumplimiento."

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