LAPENTA AGUSTINA IARA C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en un accidente de trabajo por $6.000.000, con eximición parcial de la tasa de justicia, fue homologada por mayoría en el Tribunal del Trabajo N° 2, con análisis sobre la tasa y regulación de honorarios. La decisión refleja la convivencia de diferentes criterios sobre el pago de tasas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Agustina Iara Lapenta, promovió un acuerdo conciliatorio contra la aseguradora de riesgos del trabajo, Expensa Art S.A., por un accidente de trabajo. El tribunal, integrado por los jueces Bartoli, Slavin y Mereb, homologó el acuerdo en los términos pactados, estableciendo el pago de $6.000.000 a favor de la actora y eximiendo de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo, conforme a lo dispuesto por la mayoría del tribunal. Se resolvió que la parte demandada debe pagar las costas del proceso y que los honorarios de los profesionales y peritos deben ser regulados en los montos y condiciones establecidos, incluyendo la incidencia del IVA y las formas de notificación. La decisión se fundamenta en la normativa laboral y civil, en particular los artículos 15 y 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 15.057), y en la jurisprudencia aplicable (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo"). Se destaca la diferencia de criterios respecto de la tasa de justicia: la mayoría consideró que no corresponde eximirla en general, salvo en el caso de cumplimiento puntual del acuerdo, mientras que una de las juezas adhirió a la exención en todos los casos, salvo que se liquiden montos en la liquidación del acuerdo.
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