CHIANG JESICA CYNTHIA C/ IOMA S/ AMPARO
Jesica Cynthia Chiang promovió acción de amparo contra el Instituto de Obra Médica Asistencial para obtener la cobertura de la medicación luspatercept. El Tribunal del Trabajo Nº 2 hizo lugar a la acción, considerando que la negativa del I.O.M.A. vulnera los derechos a la salud y a la integridad psicofísica de la actora.
Actor: Jesica Cynthia Chiang Demandado: Instituto de Obra Médica Asistencial (I.O.M.A.) Objeto: Provisión de la medicación luspatercept ampollas DER 75 mg (1 cada 3 semanas). Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, condenando al I.O.M.A. a brindar la cobertura de la medicación solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de amparo resulta procedente, toda vez que, al actuar del modo en que lo hizo, negando a una paciente que padece una patología grave, la cobertura de la droga indicada por su médico tratante, la demandada obró con arbitrariedad manifiesta, violando los derechos constitucionales a la salud, a la integridad psicofísica y a la seguridad social de Jesica Cynthia Chiang."
"Si bien la demandada reconoció la patología que padece y fundó su negativa en una supuesta falta de autorización de la droga indicada, dio cumplimiento a la medida cautelar decretada por este Tribunal."
"El derecho a la salud -reconocido en los arts. 12 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- está íntimamente relacionado… con el derecho a la vida y con el principio de autonomía personal, toda vez que un individuo gravemente enfermo no está en condiciones de optar libremente por su propio plan de vida."
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