Logo

FAGETTI CRISTHIAN JAVIER C/ PREVENCION ART S.A S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La demanda por honorarios profesionales en representación de Norma Cantero fue aceptada; el tribunal condenó a PREVENCION ART S.A a pagar la suma de 5 jus por los trabajos realizados en sede administrativa, confirmando el cumplimiento de la normativa y la procedencia del reclamo.

Honorarios profesionales Proceso administrativo Ley 27.348 Ley 14.967 Comision medica Riesgos del trabajo Condena Honorarios en sede administrativa Normativa arancelaria Sentencia laboral.


- Quién demanda: Cristhian Javier Fagetti, en representación de Norma Cantero.

¿A quién se demanda?

PREVENCION ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de honorarios profesionales por actuaciones en expediente administrativo N° 230791/23 de la Comisión Médica N° 11 de La Plata.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se condena a la demandada a pagarle 5 jus en concepto de honorarios, más aportes previsionales e IVA si correspondiere.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El procedimiento culminó con el dictamen médico de fecha 11/9/2023, que determinó que correspondía continuar otorgándole prestaciones médicas y farmacológicas a la trabajadora representada. La intervención del reclamante fue acreditada por el expediente administrativo acompañado en fecha 11/9/2024, donde surge que la Comisión Médica modificó lo dispuesto por la ART y ordenó la continuidad de las prestaciones." "El art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios por patrocinio letrado en estos procedimientos están a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo, y la normativa aplicable en la resolución SRT 298/17 confirma que el trabajador o sus derechohabientes deben contar con patrocinio letrado desde la primera presentación." "La ley arancelaria local 14.697 regula los honorarios en estas acciones administrativas, siendo el monto estimado en 5 jus, considerando la calidad del trabajo y el valor del asunto, sin que exista prueba de pago previo por parte de la demandada." "La actuación fue en sede administrativa y no contenciosa, por lo que se aplica la normativa de la ley 14.967 y los arts. 55 y 16 que consideran la labor profesional en procesos administrativos." "Por todo ello, corresponde condenar a la demandada al pago de los honorarios, y las costas del proceso."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar