FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PIAGGI ANGEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El fisco de la provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Ángel Piaggi por adeudo del impuesto inmobiliario de 2024. La sentencia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago, considerando que no hubo respuesta ni excepciones dentro del plazo legal y que el reconocimiento del régimen de regularización implicaba aceptación de la pretensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Fisco de la provincia de Buenos Aires, demanda a Ángel Piaggi por el pago del impuesto inmobiliario correspondiente a los periodos 2, 3 y 4 de 2024, por un monto de 1.459.782. La citación y diligenciamiento del mandamiento de intimación de pago se realizaron sin que el demandado compareciera o oponga excepciones en el plazo legal. La falta de respuesta y la denuncia de regularización por parte del demandado implican reconocimiento de la pretensión del actor. La sentencia ordena el pago del monto reclamado, con intereses, y suspende efectos hasta que se denuncie incumplimiento del plan de regularización. Además, impone costas a la demandada y difiere la homologación de honorarios hasta la acreditación del pago. Fundamentos principales: "Se diligenció el mandamiento de intimación de pago contra el demandado el 12.8.25 --ver mandamiento diligenciado acompañado junto al escrito electrónico del 22.8.25--. Habiéndose citado a Ángel Piaggi en calle Acceso Lowenthal 781 de Carlos Casares y no habiendo comparecido ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24 ley 13.406; y arts. 41 y cc del CPCC)." "Asimismo, la denuncia del Fisco de la provincia de Bs. As. mediante la presentación electrónica del 5.8.25 referente al acogimiento del demandado a un régimen de regularización, implica un reconocimiento de la pretensión del actor." "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda instaurada, con costas." "En virtud de lo expuesto, RESUELVO: ... Hacer lugar a la demanda de ejecución fiscal, hasta tanto Ángel Piaggi haga íntegro pago del monto reclamado, con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente."
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