DEL CURTO JAVIER ANGEL GUSTAVO C/ MULTISERVICIOS EN COMUNICACION S.R.L Y OTROS S/ DESPIDO
La sentencia declara la responsabilidad solidaria de Multiservicios en Comunicación S.R.L. y Guzmán Nacich S.A.I.C. por el despido indirecto del actor, y rechaza la responsabilidad de Telefónica Mobililes Argentina S.A. La Cámara confirma la condena y la condena en costas, actualización y regularización de fondos, con énfasis en la responsabilidad solidaria y la inaplicabilidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Javier Del Curto, demanda por despido indirecto a varias empresas, reclamando indemnizaciones, salarios adeudados y otros conceptos laborales. La sentencia reconoce que trabajó para Multiservicios en Comunicación S.R.L. en tareas de instalación de infraestructura de telecomunicaciones, y que esta empresa, a su vez, fue contratada por Guzmán Nacich S.A.I.C., la cual también realizó tareas similares y tiene como objeto social actividades de infraestructura y telecomunicaciones. La prueba documental y los reconocimientos de las partes confirman la existencia de la relación laboral, la prestación de servicios para Guzmán Nacich S.A.I.C., y la tercerización de tareas que integran el objeto social de la principal. La sentencia concluye que la relación no fue registrada, lo que constituyó injuria grave y justificación para el despido indirecto, con el consecuente reconocimiento de indemnizaciones, actualización monetaria (con índice RIPTE) y intereses desde la exigibilidad. La responsabilidad solidaria se extiende a Guzmán Nacich S.A.I.C. por la naturaleza de la actividad, la integración funcional y la falta de control y fiscalización. La responsabilidad de Telefónica Móviles S.A. fue rechazada por no acreditarse vínculo contractual o comercial con las empresas subcontratantes. La sentencia también regula costas, honorarios y depósitos, y ordena la entrega de documentación laboral y el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Fundamentos principales:
- La declaración de rebeldía de la demandada Multiservicios en Comunicación S.R.L. y la valoración de su juramento, que permite tener por ciertos hechos no controvertidos.
- La existencia de vínculo laboral y la prestación de servicios en tareas inherentes al objeto social de Guzmán Nacich S.A.I.C., corroborada por pruebas documentales y testimoniales.
- La inaplicabilidad de la ley 22.250 (reglamento de obras de construcción) dado que las tareas del actor no implican obra civil, sino servicios especializados.
- La omisión de registración laboral, que constituye injuria grave y justifica el despido indirecto, con derecho a indemnizaciones.
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